REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de mayo de 2.014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, las ciudadanas NANCY COROMOTO AGUILAR de OSORIO, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en la calle treinta y tres (33), entre avenidas ocho (8) y nueve (9), casa número diecinueve (19), municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.516.939 y ZORANGEL CAROLINA GUDIÑO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la carretera nacional, sector Cañaveral-Tamanavare, casa sin número, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 14.918.764; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano WALTER ALEXANDER MELENDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.283.691; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas MALANLLELY YUBISAY JIMENEZ MELENDEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 12.728.000, MORELYS YELITZA MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 7.593.962; y el ciudadano MELENDEZ JOHNNY ANTONIO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 7.585.899, asistidos por el abogado Edgar A. Torrealba Daza, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 45.603 y de este domicilio. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 2.154-14 a los solicitantes y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez Temporal,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.154-143mcsm