REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de mayo de 2.014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos FELIPE AURELIO DELFIN PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.586.536, domiciliado en la Urbanización Los pinos calle 9, casa Nº 07, Municipio Independencia, Estado Yaracuy y GALBYZ ALFREDO VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-7.912.402, domiciliado en la calle 30 entre avenidas 3 y 4, casa sin número, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MARIA MAGDALENA PIÑA DE GARCIA, MANUEL JOSE PIÑA, ADELINA PIÑA DE MATUTE, JESUS PASCACIO PIÑA y FRANCISCO ANTONIO PIÑA Venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nº V-1.578.855, V-2.573.993, V-3.911.713, V-4.966.223 y V-7.509.825 Hijos de la DECU-JUS MARIA PACIFICA PIÑA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.711.641. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veinte (20) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud. 037-14/TLRVDD/hjap.