REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 15 de Mayo del 2014
Años: 203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ANTONIO MALDONADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.479.550, con domicilio en La Comunidad de Barrio Centro de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ALGIRDAS INDRIUNAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.260.201 con domicilio en la Comunidad de La Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano JUAN DE JESUS FIGUEROA, Venezolano, Titular de la cedula de identidad Nro V- 3.458.489; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio, que mide DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS ( 214,05 mts2), en un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 149,87 Mts2), Ubicada en la Avenida 12 entre Calles 7 y 8 de la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloques frisados y adobe, techo de tejas, piso de cerámica y granito, distribuida en una Sala con su puerta de entrada de hierro y una ventana de hierro con protector, una cocina-comedor, con una ventana de hierro, tres habitaciones todas con sus respectivas puertas de madera y un local comercial con una ventana de hierro y vidrio con una Santa María, con todos sus servicios, aguas blancas, electricidad y aguas servidas, totalmente cercada con paredes de bloque; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Dominga Loaiza en 11.40 ml; SUR: Avenida 12 su frente en 7.05 ml; ESTE: Casa y solar que es o fue de Gabriel Martins en 17.80 ml; OESTE: Casa y solar que es o fue de Emma Segovia en 17.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-U01-103-21-12, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 21 de Abril del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3205/2014.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez


EBA/EM/klency.-