REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 26 de Mayo del 2014
Años: 203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos YAMIRA LOBO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.455.562, con domicilio en La Comunidad de Barrio Centro de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CLELIAN TICAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.853.176, con domicilio en la Comunidad de Barrio Centro de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana BEDA OTILIA MADRID DE IZQUIERDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.230.429; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias (Casa-Local) que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propio, según consta de Documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Distrito Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 22 de Julio de 1975, anotado bajo el Nº 10, folio 18 al 20, Protocolo Primero, Tomo Primero; que mide DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (280,00 mts2), en un área de Construcción de TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS ( 371,51 mts2) Ubicada en La Avenida 8 entre calles 15 y 16 de la Comunidad Centro de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa de dos plantas distribuida en: Paredes Frisadas, piso de granito, techo de Platabanda, Instalaciones Eléctricas y servicios de Aguas Blancas y Negras, una sala, una cocina, un baño con cerámica, una sala de Estar, escaleras de Mármol, para la parte de arriba seis habitaciones, cada una con closet de madera, tres baños de cerámicas y un anexo que tiene un cuarto de lavadero, y escalera que dan para una Habitación con su baño y un Local que posee una construcción de primera, con estructura de concreto, paredes de bloques, limpiamente frisadas con Mezclilla, piso de granito, techo de Platabanda, con un baño interno, portón frontal, “Santa María”, protegido con enrejado de hierro, instalaciones eléctricas internas y servicios de aguas blancas y residuales debidamente empotradas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 8 su frente en 14.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Hermanos Sequera en 14.00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Yamira Lobo en 20.00 ml; OESTE: Casa que es o fue de Pastora de Pinto en 20.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AUR-101-14-03, Otorgado por la Dirección de Castrato del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 10 de Enero del año 2014. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3224/2014.-
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-