TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 02 de Mayo de 2014
Año 204º y 155º
Por cuanto los ciudadanos: SATURNINO SINGER y ANA CRISTINA VELASQUEZ DE SINGER, titulares de las cédulas de identidad Nros: 3.456.698 y 7.519.678, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Yaritagua Estado Yaracuy, asistidos por el Abogado: LAZARO FRANCISCO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 170.784, RECONOCIERON LAS FIRMAS COMO SUYAS Y COMO CIERTO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO PRIVADO, que riela al folio Nº: Dos (02) del Expediente Nº: 6651/14, en tal virtud vista la solicitud presentada por el ciudadano: YOANDEL TEODORO GALEANO LEGON, titular de la cédula de identidad N°: 12.849.118, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: RECONOCIDO dicho instrumento privado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil y acuerda devolver con sus resultas al interesado, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez

Abg. Octavio Méndez Mújica

La Secretaria

Abg. Cándida Lucena Perdigón.