REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, CON SEDE EN PUERTO ORDAZ.
Puerto Ordaz, cuatro de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR.
DESISTIDO
No. DE EXPEDIENTE: FP11-L-2014-000310.-
PARTE ACTORA: Ciudadana ROBLE TOCUYO YENI MARÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.844.799 y de este domicilio.-
APODERADO JUDICIAL: Procurador de Trabajadores: HECTOR E. BARRIOS C., de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.718.-
PARTE DEMANDADA: U.E.N. SIMÓN BOLÍVAR.-
APODERADO JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: sin representante legal estatutario, ni apoderado judicial constituido en autos.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
Hoy, cuatro (04) de noviembre de 2014, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo Sorteo Público que consta en Acta Nº 139-2014, se deja constancia que anunciado el acto por intermedio del alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Tribunal se deja constancia de la incomparecencia de las partes.- En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura una vez transcurridos los lapsos recursivos a que hubiere lugar.
Publíquese, regístrese y déjese copia de esta Decisión en el compilador respectivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
LA JUEZA
Abg. JUANA LEON URBANO.
LA SECRETARIA DE SALA
Abg. Beverly Avendaño
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA DE SALA
Abg. Beverly Avendaño
FP11-L-2012-000231
04112014
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