Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, 19 de Noviembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: FP02-V-2012-001479
RESOLUCION Nº PJ0822014000886
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la audiencia de sustanciación de fecha 05-11-2014, en la cual se ordenó la reconducción de la presente causa al estado de admisión, este Tribunal de la revisión de la presente ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoado por la ciudadana NATALIA RONDA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ en contra de los ciudadanos MAGGLORI MAYBEGG SALVATORI MEDINA, EVELYN COINNY SALVATORI MEDINA, MAIBELIN SALVATORI MEDINA, JUAN DAVID SALVATORI MARCHAN, JONATHAN JOSUE SALVATORI MARCHAN, YUMERCED BRIGIDA SALVATORI CASANOVA, YUANINA EMPERATRIZ SALVATORI CASANOVA, VICKYBELL ESTHER SALVATORI CASANOVA, MILSETH EUNICE SALVATORI CASANOVA, VIKI EDITH SALVATORI CASANOVA, JOSEFA MEDINA, en representación del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), observa que en el auto de admisión se señaló que el niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de cuatro (04) años de edad, conforma el litisconsorcio pasivo en esta causa, sin que esta circunstancia fuera señalado en el libelo de la demanda; es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del CPC, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena REPONE el proceso al estado de ADMITIR nuevamente la presente demanda. Dejándose sin efecto todas la actuaciones a partir de la fecha 19 de marzo del 2014. Cúmplase como se ha decidido.-
ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA Secretaria de Sala
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA Secretaria de Sala
LGH/dt*
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