REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

En horas de despacho del día de hoy, 26 de noviembre de 2014, siendo las once (11:00 am) fecha y hora fijada por este tribunal, para la audiencia oral en el Juicio de RECLAMO POR OMISION DEMORA O DEFICIENCIA EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, seguida por la ciudadana Nelsis Grisel Pérez Sánchez, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 5.260.160, asistida por la abogada Suhail Hernández Alvarado, inscrita en el IPSA bajo el Nº 81.067, contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en el expediente Nº 072-14 de la nomenclatura interna de este tribunal. Todo de conformidad, con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Presente en la sala de este tribunal El Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS; El Secretario Abogado EDUARDO A. IBARRA G., y El alguacil EDWIN ALBERTO GODOY GONZALEZ, titulares de las cedulas de identidad números: 6.194.808; 10.853.325 y 11.646.640 respectivamente. Anunciado dicho acto en las puertas del Tribunal con las debidas formalidades de ley, se deja expresa constancia que se encuentran, el Abogado Omar Antonio Hernández Quevedo, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 9.550.623 e inscrito IPSA bajo el Nº 80.782, en su condición de representante del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Asimismo se deja expresa constancia de la NO COMPARESCENCIA de la demandante de autos ciudadana Nelsis Grisel Pérez Sánchez , ya identificada ut supra, y presente el abogado Jaspe Velis Oscar Enrique inpreabogado N° 228.127, quien se presenta ante este Tribunal como abogado asistente de la solicitante. En este estado interviene el Abgº Trino La Rosa Van Der Dys Juez Provisorio de este tribunal y le confiere el derecho de palabra a la parte demandada en la persona de su apoderado judicial según poder consignado en este acto en original y copia para ser confrontado y expone: “Consigno en este acto informes y a su vez de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica De La Jurisdicción Contencioso Administrativa en su último aparte, manifiesto el interés en la resolución de la controversia, es por lo que solicito de este tribunal se difiera al audiencia para una nueva oportunidad”. Es todo. En este estado interviene El Juez de este tribunal y Expone: “Oída la solicitud de la parte demandada y por no ser contraria a derecho, fundamentándome en los artículos 70 y 72 de la Ley Orgánica De La Jurisdicción Contencioso Administrativa. Este tribunal acuerda fijar una nueva audiencia para el día 15 de diciembre de 2014 a las 11:00 am. Igualmente se da por recibido de los recaduos presentados por la parte demadada y se ordenan agregar a sus autos. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman:

El Juez,

Abgº Trino La Rosa Van Der Dys.


El Representante de la Parte Demandada,

Abgº Omar Hernández.


El Alguacil,
Abg, Jaspe Velis Oscar Enrique


El secretario,