REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de noviembre de 2.014
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, los ciudadanos DAVID MANUEL ANDRADE GRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.542.176, domiciliado en chivacoa sector el ceibal, calle la pastora, casa s/n, Municipio Bruzual, estado Yaracuy, y WUILI JAVIER RODRIGUEZ NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.575.992, domiciliado en Urachiche, calle nº 3 entre carreras 10 y 11, Municipio Urachiche, estado Yaracuy, Seguidamente el Juez, de conformidad con el artículo 486 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos WILMER JOSEP MARIN SIONCHEZ, LISNEIDYS ORIANA MARIN D`HOY, WILDER JOSE MARIN D`HOY Y HACIEL DAVID MARIN D` HOY venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.276.876, V-25.513.892, V-24.165.983, V-19.455.880 respectivamente de la ciudadana ENEIDA YOLANDA D`HOY SUAREZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.910.205. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abg. EDUARDO IBARRA
Solicitud. 182-14/kb