REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 26 de Noviembre del 2014
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: BRIGIDA MARLENE AGUILAR CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.343.586 y domiciliada en la Urbanización Higuerón, vereda 6 casa Nº 15, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y ZULAY MARIA MENDOZA PERALTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.936.034 y domiciliada en la Calle principal, sector El Peñero de Camunare, Municipio Urachiche Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ELILIBETH ISABEL CUICAS CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 15.484.012 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno perteneciente al Inti y mide una superficie de TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS (3.931,79 mts2), en un áreas de construcción de R-4: QUINIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS (512,28 mts2), ubicado en la Callejón San Ramón Entre vía Agrícola y Avenida 1, Comunidad La Libertad, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa construida de la siguiente manera: Paredes de bloques de cemento frisado, techo de acerolit y vigas de 2x2, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Un (1) porche, una (1) sala, cinco (5) habitaciones con sus respectivas puertas de madera, una (1) cocina empotrada, un baño empotrada, un (1) lavadero, una (1) churuata, (1) un galpón, una (1) piscina, dos (2) baños externos, cercado totalmente de al fajol, con sus instalaciones de aguas blancas, aguas servidas e instalaciones eléctricas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno Inti en 61,20 ml; SUR: Casa que es o fue de Pablo Monte en 61,20 ml; ESTE: Terreno Agrícolas y quebrada de por medio en 64,80 ml ; OESTE: Callejón San Ramón su frente en 63,70 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22-03-01-U01-110-69-69 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 04 de Noviembre del año 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3531/2014.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez.-