REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 26 de Noviembre del 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ARMINDA JOSEFINA GONZALEZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.907.838 y domiciliada en la Comunidad de Cumaripa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CALLETANO BENITO MENCHACA ARENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.724.239 y domiciliado en la Comunidad de Cumaripa, Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YAJAIRA ALEJANDRINA PARRA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 4.458.179 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti y mide una superficie de SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600,00 mts2), en un áreas de construcción de R-1 CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (141,75 mts2), ubicado en la Calle principal entre 2da entrada y 3era entrada, Comunidad Cumaripa, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una casa con paredes de bloque, estructura en concreto y cabillas, la casa posee techo con placa de cemento. Distribuida de la siguiente forma: Cinco (5) habitaciones, sala-comedor, cocina, área de lavadero, dos (2) baño, un (1) porche y un solar, cometidas de aguas blancas, negras y luz eléctrica en general. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Jesús Martínez en 40,00 ml; SUR: Casa que es o fue de Zuny Rodríguez en 40,00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Jorge Pérez y zanjón sin nombre de por medio en 15,00 ml ; OESTE: Calle principal su frente en 15,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22-03-01-R01-126-07-17 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Agosto del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el Nº 3549/2014.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-