REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa: 01 de Diciembre de 2014
AÑOS: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos, LESBIA HAIDEE CHIRINOS VARGAS Y ÓSCAR FRANCISCO SÁNCHEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.559.647 y V-11.651.053, domiciliados (la primera), en el Callejón Francisco Giménez, detrás del Grupo Escolar José Tomás González, Casa S/N, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, (el segundo), en la Calle Occidente, diagonal a la Avenida Bolívar, Casa N° 51, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un área de terreno de propiedad Municipal, ubicado en la Calle Bolívar. Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, el cual posee los siguientes linderos y medidas: NORTE: Jardín de Infancia José Cordido, con una longitud de Cuarenta y cinco metros con dos centímetros (45.02mts), SUR: Casa y Solar de los Sucesores de Inocencio Garrido con una longitud de Cuarenta y cinco metros (45 mts) ; ESTE: Zanjón Municipal, con una longitud de dieciocho metros con sesenta centímetros (18,60mts); OESTE; Calle Bolívar con una longitud de diecisiete metros con veintiocho centímetros (17,28), para una superficie total de OCHOCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTÍMETROS (807,30 M2), la cual construyó con dinero de su propio patrimonio constituido por una vivienda de uso residencial, la cual posee las siguientes características: Techo de Losa con Tejas en el frente, paredes de bloques de cemento, frisado de concreto, piso de cemento pulido, puerta de metal y vidrio con protector, ventanas de romanilla, cerca perimetral, construida con bloques de cemento de las cuales las laterales son compartidas y las del frente y fondo son propias, distribuida de la siguiente forma: Tres (3) habitaciones, una (1) sala, un (1) baño, un (1) portón de metal que da acceso a un garaje, siendo el área de construcción de Setenta y nueve metros cuadrados con doce centímetros ( 79,12 m2), posee un anexo de cemento pulido, paredes de bloques de adobe, techo de acerolit con vigas estructurales, distribuido en Una (1) habitación, Una (1) cocina, un (1) baño. Con un área de construcción de treinta y un metros cuadrados con cuarenta y seis centímetros (31,46m2). El inmueble descrito posee todos los servicios públicos, aguas blancas, aguas servidas, luz eléctrica. El costo total invertido en dichas bienhechurías es la cantidad de construcción de: SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,oo), a favor de la ciudadana: ANA CECILIA PORTILLO DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad No. V-3.709.417. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a la ciudadana Síndico Procurador del Municipio Sucre del Estado Yaracuy sobre el fallo de conformidad con la parte in fine del artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por ésta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,
Abg. Osmar José Klemm Gutiérrez.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
OJKG/vap/czd.
N° 075/14