REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, nueve (09) de Octubre de 2014
Años: 204º y 155º
ACTA DE INSTALACIÒN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
MEDIACIÒN POSITIVA
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2012-000900
PARTE ACTORA: ciudadanos, FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-15.909.548, V-22.838.032, V-10.306.178, V-9.947.405, V-10.386.135, V-13.394.674, V-3.641.804, V-3.373.083, V-12.876.054, V-14.603.567, V-10.003.174, V-14.837.919, V-17.464.001, V-15.569.929, V-14.339.523, V-15.415.653 y V-20.074.151 respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ALEJANDRO PAIVA ROBERTSON RAMIREZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro 113.089.-
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO V-U C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: YOVANY CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-9.347.500, abogado en ejercicio y debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 93.797.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, nueve (09) de Octubre de 2014, siendo las 11:00 a.m. de la mañana, comparecen por ante este Tribunal de manera voluntaria y renunciando a los lapsos establecido por la ley a los efectos de que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2012-000900; se deja expresa constancia que la misma comparecen, ALEJANDRO PAIVA ROBERTSON RAMIREZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.089, actuando en su condición de apoderado judicial de los actores arriba identificados, tal como se evidencia de instrumento poder que cursa a los folios 101 y 102 del presente expediente, por la demandada CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO V-U C.A, comparece el ciudadano YOVANY MARTINEZ CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-9.347.500, abogado en ejercicio y debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 93.797, actuando en su condición de apoderado judicial de la prenombrada empresa. En este estado la ciudadana Jueza insta a las partes a la mediación y concede el derecho de palabra a los comparecientes, en el uso de ese derecho la representación judicial de la parte demandada manifiesta lo siguiente: Entre la empresa mercantil CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO V-U, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital en fecha 08 de Febrero de 1982, anotado bajo el Nº 97, Tomo 12-A PRO, de los libros respectivos y cuya ultima modificación se desprende del acta de fecha 26 de Diciembre de 2013, anotada bajo el Nº 38, Tomo 111-A-SGDO de los libros de registros anteriormente señalada, representada en este acto por su apoderado judicial el ciudadano YOVANY MARTINEZ CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-9.347.500, abogado en ejercicio y debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 93.797, tal y como se desprende del instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Trigésima Octava de Caracas, Municipio Libertador, anotado bajo el N° 40 Tomo: 175, Folios 151 hasta el 154 de fecha 23 de Septiembre del 2014 y quien a los solos efectos de este documento se denominara en lo sucesivo solo como La Empresa, por una parte, y por la otra, los ciudadanos FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-15.909.548, V-22.838.032, V-10.306.178, V-9.947.405, V-10.386.135, V-13.394.674, V-3.641.804, V-3.373.083, V-12.876.054, V-14.603.567, V-10.003.174, V-14.837.919, V-17.464.001, V-15.569.929, V-14.339.523, V-15.415.653 y V-20.074.151 respectivamente, todos representados en este acto por su apoderado judicial el ciudadano ALEJANDRO PAIVA ROBERTSON, Venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.089 y portador de la Cédula de Identidad Nº 13.335.630. , y quien a los mismos efectos se denominara en este documento solo como el apoderado de los ex trabajadores, se ha convenido en suscribir la presente Transacción bajo las siguientes condiciones:
MOTIVACION
Las partes arriba identificadas declaran que proceden y comparecen en este acto libre de apremio, coacción, de manera voluntaria y sin constreñimiento alguno, a los fines de celebrar la transacción total y definitiva que ponga fin a las pretensiones que los ciudadanos FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO ya identificados, han reclamado en sede jurisdiccional en contra de LA EMPRESA, concretamente en el asunto que cursa actualmente por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Puerto Ordaz, distinguido con la nomenclatura FP11-L-2012-000900, y en el cual, consta suficientemente el instrumento poder que acredita al apoderado de los ex trabajadores; en tal sentido manifiestan lo siguiente:
Los ex trabajadores mediante su apoderado y LA EMPRESA, todos interesados en solventar cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellos, han decidido de mutuo y común acuerdo, suscribir este instrumento que ha de entenderse, como ya se dijo, en una transacción total y definitiva de las pretensiones de los ex trabajadores contenidos en la demanda, basada en las siguientes premisas y condiciones:
PRIMERO: Aducen los ciudadanos FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO, que fueron contratados por la “Constructora y Mantenimiento V-U, C.A.” bajo la modalidad de a tiempo determinado, prestado sus servicios en el Palacio de Justicia de Puerto Ordaz, ubicado en la avenida Guayana con calle Macagua, Edificio Palacio de Justicia, frente al INCES, Alta Vista, Ciudad Guayana - Estado Bolívar; desempeñándome en el cargo de: Supervisor el primero de los mencionados, O.M.M los tres siguiente y Operarios los últimos trece de los mencionados a favor de LA EMPRESA, desde las fechas: 16 de Agosto del 2004 FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL; el 18 de Agosto del 2004 THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, el 21 de Agosto del 2004 MARCELINO RODRIGUEZ, el 10 de Septiembre del 2004 RAMON FLORES, el 02 de Enero del 2005 GUSTAVO RIVAS, el 23 de Abril del 2007 DEISY JIMENEZ, el 24 de Julio del 2007 INGRIS SANTOYA, el 06 de Agosto del 2007 CARMEN POYO, el 06 de Junio del 2008 BELKIS FLORES, el 16 de Julio del 2009 NERYS HURTADO, el 16 de Septiembre del 2009 RUDY FLORES, el 04 de Febrero del 2010 ELIDA BRITO, el 01 de Septiembre del 2010 VICTOR RODRIGUEZ y finalmente el 01 de Febrero del 2011 KARINA FRANCO, señalan que prescindir de manera arbitraria e irrita, el día treinta y uno (31) de Diciembre del año 2011. Considero que la decisión de la empresa fue un DESPIDO INJUSTIFICADO.
SEGUNDO: El libelo de demanda señala que la empresa le adeuda los siguientes conceptos a los trabajadores:
1.- FRANCISCO RIVAS
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.193,24
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.488,00
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.552,76
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.9.117,00
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.646,80
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.674,44
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.181,25
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.181,25
SUB - TOTAL: Bs.38.034,74
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.14.982,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 23.052,49
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador FRANCISCO RIVAS arrojan la cantidad de……………….................................................................. (Bs. 23.052,49)
2.- DELMARYS HERNANDEZ
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.092,90
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.486,05
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.342,34
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.365,50
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.346,20
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.618,80
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.083,13
SUB - TOTAL: Bs. 36.419,41
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.13.594,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 22.825,28
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la trabajadora DELMARYS HERNANDEZ arrojan la cantidad de……………………………………….……..…..... (Bs. 22.825,28)
3.-ADRIAN CARVAJAL
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.092,90
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.486,05
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.342,34
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.365,50
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.346,20
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.618,80
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.083,13
SUB - TOTAL: Bs. 36.419,41
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.13.594,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 22.825,28
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador ADRIAN CARVAJAL arrojan la cantidad de……………………………….…………………....... (Bs. 22.825,28)
4.- THAIS GARCIA
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.092,90
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.486,05
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.342,34
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.365,50
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.346,20
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.618,80
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.083,13
SUB - TOTAL: Bs. 36.419,41
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.13.594,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 22.825,28
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la trabajadora THAIS GARCIA arrojan la cantidad de………………............................................................... (Bs. 22.825,28)
5.- RAIMUNDO RODRIGUEZ
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.092,90
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.486,05
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.342,34
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.365,50
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.346,20
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.618,80
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.083,13
SUB - TOTAL: Bs. 36.419,41
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.13.594,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 22.825,28
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador RAIMUNDO RODRIGUEZ arrojan la cantidad de………………..…………………………….......... (Bs. 22.825,28)
6.- MARCELINO RODRIGUEZ
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.15.291,26
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.8.961,93
3.- Antigüedad Adicional: Bs.3.176,88
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.11.346,00
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.4.538,40
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.839,30
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.470,00
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.470,00
SUB - TOTAL: Bs. 47.093,77
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.17.953,56
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 29.140,21
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador MARCELINO RODRIGUEZ arrojan la cantidad de………………...................................................... (Bs. 29.140,21)
7.- RAMON FLORES
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.033,40
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.370,22
3.- Antigüedad Adicional: Bs.2.342,34
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.365,50
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.346,20
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.464,50
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.1.083,81
SUB - TOTAL: Bs. 36.089,78
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.13.594,13
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 22.495,65
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador RAMON FLORES arrojan la cantidad de………………………….………………….................... (Bs. 22.495,65)
8.- GUSTAVO RIVAS
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.12.790,62
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.7.591,53
3.- Antigüedad Complementaria: Bs.305,40
4.- Antigüedad Adicional: Bs.2.565,36
5.- Indemnización de Antigüedad: Bs.9.162,00
6.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.664,80
7.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.1.766,41
8.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.850,05
9.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.850,05
SUB - TOTAL: Bs. 39.546,22
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.14.382,32
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 25.163,90
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del trabajador GUSTAVO RIVAS arrojan la cantidad de……………………………………………….………....... (Bs. 25.163,90)
9.- DEISY JIMENEZ
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.9.436,15
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.3.605,80
3.- Antigüedad Complementaria: Bs.1.383,50
4.- Antigüedad Adicional: Bs.1.106,80
5.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.301,00
6.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.320,40
7.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.903,18
8.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.309,66
9.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.309,66
SUB - TOTAL: Bs. 28.676,15
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.11.626,32
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 17.054,83
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la trabajadora DEISY JIMENEZ arrojan la cantidad de………………….…………..…………….………....... (Bs. 17.054,83)
10.- INGRIS SANTOYA
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.9.546,59
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.3.729,29
3.- Antigüedad Complementaria: Bs.1.106,80
4.- Antigüedad Adicional: Bs.1.106,80
5.- Indemnización de Antigüedad: Bs.8.301,00
6.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.320,40
7.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.1.032,20
8.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.309,66
9.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.309,66
SUB - TOTAL: Bs. 28.762,40
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.11.621,32
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 17.141,08
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la trabajadora INGRIS SANTOYA arrojan la cantidad de………………………………........................................ (Bs. 17.141,08)
11.- CARMEN POYO
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.9.103,99
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.3.250,93
3.- Antigüedad Adicional: Bs.664,08
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.6.640,80
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.320,40
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.515,58
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.309,66
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.309,66
SUB - TOTAL: Bs. 24.115,10
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.9.869,17
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 14.245,93
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la trabajadora CARMEN POYO arrojan la cantidad de……………………………………………………….......... (Bs. 14.245,93)
12.- BELKIS FLORES
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.7.868,62
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.2.162,97
3.- Antigüedad Complementaria: Bs.1.655,70
4.- Antigüedad Adicional: Bs.662,28
5.- Indemnización de Antigüedad: Bs.6.622,80
6.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.311,40
7.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.722,54
8.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.154,83
9.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.154,83
SUB - TOTAL: Bs. 23.315,97
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.11.045,12
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 12.270,85
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la trabajadora BELKIS FLORES arrojan la cantidad de…………………………………………………............. (Bs. 12.270,85)
13.- NERYS HURTADO
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.5.927,98
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.1.054,94
3.- Antigüedad Adicional: Bs.110,10
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.3.303,00
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.303,00
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.558,94
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.51,61
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.51,61
SUB - TOTAL: Bs. 14.361,18
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.5.511,17
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 8.850,01
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la trabajadora NERYS HURTADO arrojan la cantidad de……………………………………………………........ (Bs. 8.850,01)
14.- RUDY FLORES
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.5.586,34
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.915,57
3.- Antigüedad Adicional: Bs.110,10
4.- Indemnización de Antigüedad: Bs.3.303,00
5.- Indemnización de Preaviso: Bs.3.303,00
6.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.335,46
7.- Días adicionales de Vacaciones Nunca Cancelados: Bs.51,61
8.- Días adicionales de Bono Vacacional Nunca Cancelados: Bs.51,61
SUB - TOTAL: Bs. 13.656,69
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.5.844,68
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 7.812,01
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del trabajador RUDY FLORES arrojan la cantidad de………………………………………….………………….….......... (Bs. 7.812,01)
15.- ELIDA BRITO
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.4.695,41
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.612,19
3.- Antigüedad Complementaria: Bs.549,10
4.- Antigüedad Adicional: Bs.109,82
5.- Indemnización de Antigüedad: Bs.3.294,60
6.- Indemnización de Preaviso: Bs.2.470,95
7.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.1.032,20
SUB - TOTAL: Bs. 12.764,27
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.5.232,27
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 7.532,00
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la trabajadora ELIDA BRITO arrojan la cantidad de………………………………………….……………….…............. (Bs. 7.812,01)
16.-VICTOR RODRIGUEZ
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.3.274, 77
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.251,83
3.- Indemnización de Antigüedad: Bs.1.795,20
4.- Indemnización de Preaviso: Bs.2.692,80
5.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.450,00
SUB - TOTAL: Bs. 8.464,60
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.2.943,25
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 5.703,35
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del trabajador VICTOR RODRIGUEZ arrojan la cantidad de……………………………………………....…………………….... (Bs. 5.703,35)
17.- KARINA FRANCO
Conceptos
1.- Prestación de Antigüedad: Bs.2.307,32
2.- Intereses de Prestación de Antigüedad: Bs.120,01
3.- Indemnización de Antigüedad: Bs.1.642,80
4.- Indemnización de Preaviso: Bs.1.642,80
5.- Vacaciones Fraccionadas 2011–2012 Nunca Canceladas: Bs.1.040,98
SUB - TOTAL: Bs. 6.753,91
Menos Liquidación de Prestaciones Sociales: Bs.2.322,00
TOTAL DE PRETENSION: Bs. 4.431,91
Todos estos conceptos detallados en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de la trabajadora KARINA FRANCO arrojan la cantidad de……………………..………………………….... (Bs. 4.431,91)
TERCERO: Prudencialmente, LA EMPRESA ha expuesto a los trabajadores, que parte de lo afirmado en su libelo es cierto, pero difiere enfáticamente que la culminación de la relación de trabajo obedezca a un despido injustificado, pues como es del conocimiento de los propios actores, dicha relación se encontraba sujeta a la vigencia de un contrato de naturaleza mercantil que la empresa mantenía con la DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM) y que traía consecuentemente, la necesidad de contratación de personal solo a efectos de cumplir con el objeto del mismo, pero que una vez cesado por acuerdo entre sus signatarios, la necesidad del servicio dejaba de existir y como corolario, la culminación en la prestación de servicios, mas nunca, como consecuencia de la voluntad unilateral del empleador, lo cual, calificaría a esa culminación como injustificada y solo así, haría procedente la indemnización pretendida en la demanda por los ex trabajadores. En razón de lo expuesto con antelación, LA EMPRESA, respecto a los FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO, se niega la procedencia de las reclamaciones referidas a Indemnización por Despido Injustificado e Indemnización del Preaviso Sustitutivo.
No obstante lo anterior, de una revisión exhaustiva LA EMPRESA pudo constatar que existen unas diferencias en cuanto a las prestaciones causadas por la labor de los hoy demandantes y las mismas se corresponden con lo peticionado en la demanda, en tal sentido y con fundamento en el ánimo de conciliación que se persigue, ofrece pagar la cantidad de ONCE MIL SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 11.064,96) al ex trabajador RIVAS FRANCISCO dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana DELMARYS HERNANDEZ ofrece cancelar la suma total y definitiva de DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 10.956,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: al ciudadano ADRIAN CARVAJAL ofrece cancelar la suma total y definitiva de DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 10.956,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana THAIS GARCÍA ofrece cancelar la suma total y definitiva de DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 10.956,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: al ciudadano RAIMUNDO RODRIGUEZ ofrece cancelar la suma total y definitiva de DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 10.956,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: al ciudadano MARCELINO RODRIGUEZ ofrece cancelar la suma total y definitiva de TRECE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (Bs. 13.987,2), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: al ciudadano RAMON FLORES ofrece cancelar la suma total y definitiva de DIEZ MIL SETEECIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SEIS CÉNTIMOS (Bs. 10.797,6), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: al ciudadano GUSTAVO RIVAS ofrece cancelar la suma total y definitiva de DOCE MIL SETENTA Y OCHO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 12.078,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Complementaria, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana DEISY JIMENEZ ofrece cancelar la suma total y definitiva de OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 8.185,92), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Complementaria, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana INGRIS SANTOYA ofrece cancelar la suma total y definitiva de OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 8.227,68), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Complementaria, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana CARMEN POYO ofrece cancelar la suma total y definitiva de SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 6.837,60), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana BELKIS FLORES ofrece cancelar la suma total y definitiva de CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 5.889,60), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Complementaria, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana NERYS HURTADO ofrece cancelar la suma total y definitiva de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 4.248,00), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana RUDY FLORES ofrece cancelar la suma total y definitiva de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 3.749,76), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas, Días Adicionales de Vacaciones y Bono Vacacional: a la ciudadana ELIDA BRITO ofrece cancelar la suma total y definitiva de TRES MIL SEISCIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 3.615,36), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Antigüedad Complementaria, Antigüedad Adicional, Vacaciones Fraccionadas: al ciudadano VICTOR RODRIGUEZ ofrece cancelar la suma total y definitiva de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 2.737,44), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Vacaciones Fraccionadas: a la ciudadana KARINA FRANCO ofrece cancelar la suma total y definitiva de DOS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTITRES CÉNTIMOS (Bs. 2.168,23), dicho monto que se ofrece cancelar comprende los siguientes conceptos: Diferencia de Prestaciones Sociales según el Articulo 108 LOT (Antigüedad), Intereses sobre Prestaciones Sociales, Vacaciones Fraccionadas. Para un total general a cancelar de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL TRESCEINTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 137.373,60).
CUARTO: Visto el ofrecimiento de LA EMPRESA, el apoderado de los ex trabajadores en uso de las facultades conferidas, manifiesta estar de acuerdo con los montos propuestos por la empresa para cancelar cada uno de los conceptos prestacionales anteriormente discriminados y que fueron demandados; en el mismo orden de ideas y previa revisión de los hechos y los fundamentos legales en que se sustentó la argumentación expuesta por LA EMPRESA respecto a la improcedencia de las Indemnizaciones pretendidas en la demandada, específicamente: FRANCISCO RIVAS, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 9.117,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.646,80); DELMARYS HERNANDEZ, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.365,50) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.346,20); ADRIAN CARVAJAL, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.365,50) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.346,20); THAIS GARCIA, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.365,50) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.346,20); RAIMUNDO RODRIGUEZ, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.365,50) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.346,20); MARCELINO RODRIGUEZ, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 11.346,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 4.538,40); RAMON FLORES, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.365,50) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.346,20); GUSTAVO RIVAS, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 9.162,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.664,80); DEISY JIMENEZ, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.301,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.320,40); INGRIS SANTOYA, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 8.301,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.320,40); CARMEN POYO, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 6.640,80) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.320,40); BELKIS FLORES, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 6.622,80) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.311,40); NERYS HURTADO, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 3.303,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.303,00); RUDY FLORES, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 3.303,00) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 3.303,00); ELIDA BRITO, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 3.294,60) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 2.470,95); VICTOR RODRIGUEZ, Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 1.795,20) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 2.692,80) y KARINA FRANCO Indemnización por Despido Injustificado: (Bs. 1.642,80) e Indemnización del Preaviso Sustitutivo (Bs. 1.642,80), el mismo conviene expresamente en admitir y aceptar la improcedencia de tales conceptos demandados.
QUINTO: visto el ofrecimiento de LA EMPRESA, el apoderado de los ex trabajador en uso de las atribuciones conferidas, manifiesta que se encuentra conforme con los montos que compone cada una de las prestaciones sociales y demás conceptos anteriormente discriminados.
SEXTO: Verificada la cancelación de las cantidades acordadas por las partes, el apoderado de los ex trabajadores, manifiesta en nombre de sus representados su conformidad con los montos establecidos y los términos en que ha sido redactado el documento transaccional que en esta fecha y acto se le pone de manifiesto, por considerar que con las cantidades recibidas se cubre la totalidad de las prestaciones sociales realmente adeudadas a sus representados con ocasión de la relación laboral que les unió, igualmente, reconoce en nombre y por voluntad de sus representados los ex trabajadores ciudadanos: FRANCISCO RIVAS, DELMARYS HERNANDEZ, ADRIAN CARVAJAL, THAIS GARCIA, RAIMUNDO RODRIGUEZ, MARCELINO RODRIGUEZ, RAMON FLORES, GUSTAVO RIVAS, DEISY JIMENEZ, INGRIS SANTOYA, CARMEN POYO, BELKIS FLORES, NERYS HURTADO, RUDY FLORES, ELIDA BRITO, VICTOR RODRIGUEZ y KARINA FRANCO ya identificados, que para la celebración de este acuerdo transaccional, actúa libre de constreñimiento y coacción alguna, del mismo modo, el apoderado de los ex trabajadores señala, que nada más queda a deber LA EMPRESA, por ningún concepto derivado de la relación que le unió con los ex trabajadores.-
En razón de los convenios alcanzados, Solicitan de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en concordancia con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de dicha Ley, se le imparta LA HOMOLOGACIÓN A LA PRESENTE TRANSACCIÓN, declare el cierre y archivo definitivo del presente expediente. Ahora bien, de ser aceptada la presente propuesta de pago, mi representada ofrece entregar la suma antes indicada de la siguiente manera: en dos PAGOS, el 50% de la cantidad ofrecida a cada trabajador para hacerse efectiva el día 27/10/2014 y el otro 50% restante para ser entregada en fecha 17/11/2014;. con la salvedad de que dicho pago se efectuaran mediante cheque no endosable a nombre de cada uno de los trabajadores, los cuales serán entregados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial de Puerto Ordaz, en la fechas indicada, dejando constancia mediante diligencia del recibido de los mismo”. Seguidamente, la representación Judicial de la parte actora, debidamente facultada para ello, mediante instrumento poder que riela a las actas del expediente manifiesta lo siguiente: “en nombre de mis mandantes, acepto en conformidad el ofrecimiento de pago efectuado en este acto por la representación judicial de la parte demandada y declaro que con la cantidad de dinero ofrecida en pago quedan cancelados todos los conceptos que por cobro de diferencia de sociales y demás conceptos laborales, que fueron demandados mediante esta acción, los cuales fueron perfectamente señalados en el libelo de demanda, desistiendo de cualquier otra pretensión que en contra de la accionada pudiera ser procedente, pues declaro que con la cantidad ofrecida en pago, nada mas le adeudaría la demandada por estos ni por ningún otro concepto a mi representado”. Ambas partes se extienden el más amplio y reciproco finiquito, no teniendo más nada que adeudarse o reclamarse. Por cuanto los acuerdos alcanzados son producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes; por cuanto dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refiere el proceso y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; por cuanto estos acuerdos no son contrarios a derecho y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia, y por cuantos estos acuerdos no contienen renuncia alguna a ningún derecho irrenunciable derivado de la relación de trabajo, es por lo que, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en virtud de que la MEDIACIÓN HA SIDO POSITIVA, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 89 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículos 1713 del Código Civil Venezolano y 255 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los trabajadores y las trabajadoras y los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, dando así por terminado el presente procedimiento. Se ordena la devolución de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia preliminar, las cuales fueron recibidas por las partes en este mismo acto, así como también el archivo del expediente, una vez conste en auto la entrega de las cantidades acordadas.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los nueve (09) días del mes de Octubre de 2014 (09/10/14), Año 204° de la Independencia y 155º de la Federación.
LA JUEZ TERCERO DE SME
ABOG. MAGLIS MUÑOZ F
APODERADO DE LOS ACTORES
APODERADO DE LA DEMANDADA.
LA SECRETARIA
ABG. YESENIA CARRASQUERO
09102014
FP11-L-2012-000900
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