REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, 03 de octubre del 2014
204º y 155º
Revisadas las actuaciones precedentes el Tribunal advierte que la secretaria temporal designada fijó el cartel de citación el día 14/07/2014 en la dirección: calle Lisardi, casa sin número, sector Marhuanta Sur, parroquia Marhuanta, de esta ciudad; siendo lo procedente, en atención a lo dispuesto en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, entregar en el domicilio de la demandada o en su oficina o negocio la boleta de notificación por cuanto la demandada se negó a firma el recibo de citación, como lo manifestó el ciudadano alguacil de este Juzgado, diligencia que corre inserta en el folio once (11); en consecuencia, a fin de restablecer el orden público vulnerado se repone la causa al estado de que se notifique a la demandada conforme a lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCh/aji
Asunto: FP02-V-2014-000627
Resolución Nº PJ019201400214.
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