PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 15 de octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO : FP02-J-2014-001034
RESOLUCION Nº PJ0832014000602
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 06-12-2013, suscrita por los ciudadanos: DEVERA PARAZUELA JESUS RAFAEL y KARINA ABREU, titulares de la cedula de identidad Números V-13.799.593 y V-16.650.085, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. YAJAIRA GIANNASTTASIO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito con materia en Protección de niños, Niñas y Adolescentes, de la circunscripción del Estado Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 03, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------
LA JUEZ (2º) DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION (TEMPORAL)
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
LA (EL) SECRETARIA (O)
ABG.
VJB/ANNIS.-
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