REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas FRAMBERLY VIVIANA LUGO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en final de la calle 7, Nuevo Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 22.309.785 y ALEIDA MERCEDES CHIRINOS de RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, hábil en derecho, domiciliada en la calle 5, casa Nº 6, urbanización nuevo Marín, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.124.800, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana OLGA JOSEFÍNA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, domiciliada en Nuevo Marín, sector II, vereda 17, parroquia San Javier, Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 3.709.872; asistida por la Abogada Andrys Yoselys Fernández Padrón, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula número 151.713; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno municipal; que mide en su totalidad cuatrocientos veinticuatro metros cuadrados con noventa y cinco centímetros cuadrados (424,95 m2); y un área de construcción de ochenta y nueve metros cuadrados con setenta y nueve centímetros cuadrados (89,79 m2); las cuales consisten en: una (1) casa con tres (3) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor y un (1) baño, techo de acerolit, piso de cemento, cercado el terreno en estantillos de madera y alambre de púa, con todo los servicios públicos; y se encuentran alinderadas de la siguiente manera: Norte: canal de agua de lluvia y solar de Jesús Garranchan, con 16,40/4,40 y 2,20 metros lineales; Sur: vereda 17 que es su frente, con 15,50 metros lineales; Este: local evangélico Luz del Mundo, con 21,00 metros lineales; y Oeste: casa y solar de Aída Mercedes, con 18,10 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas