REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.


El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 17 de octubre de 2014, se traslado y Constituyó, siendo las 10:15 a.m.; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS y el Secretario Abogado EDUARDO A. IBARRA G., titulares de las cedulas de identidad números: 6.194.808 y 10.853.325; respectivamente. Con el fin de practicar Inspección Judicial en el expediente Nº 033-14, nomenclatura de este Tribunal, tal como fuera acordada en el acta levanta en fecha 09 de octubre de 2014, en la siguiente dirección: “Edificio Anka con 3 avenida con avenida Caracas y calle 11 primer piso”, donde fue conducido por el apoderado judicial del ciudadano Walid José Anka Konaizeh, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 10.862.428, Abgº José Rangel, venezolano, mayor de edad y titular de las cédula de identidad número V- 7.584.654 inscrito en el IPSA bajo los número 110.813. En este estado el Tribunal procede a notificar de la misión al ciudadano: Ricardo Miguel Anka Konaizeh, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-13.096.084, quien manifestó ser ocupante del inmueble donde se encuentra constituido el tribunal y esta asistido por la abogada Rojas Arends Lisbeth Auxiliadora, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 16.348.449 e inscrita en el IPSA bajo el Nº 137.126 En este estado y previa solicitud del interesado, se designa como experta fotógrafa a la ciudadana Montero Tovar Yudith Tibisay, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.282.019, quien fue juramentada por el Juez de este Juzgado de la manera siguiente: “jura usted cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo designado”. Y contesto “Si lo juro”. Inmediatamente, la experta fotógrafa procedió a tomar las fotografías con una cámara digital marca: Panasonic DMC LS80; modelo: Lumix; Serial 4002952, para que una vez tomadas y reproducidas las mismas sean consignadas y agregadas a los autos mediante la presentación de su escrito de consignación fotográfica al primer (1er) días de despacho siguientes al de hoy y como experta a la ciudadana: Domoromo Mendoza Yenny Del Carmen, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.979.909 quien fue juramentada por el Juez de este Juzgado de la manera siguiente: “jura usted cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo designado”. Y contesto “Si lo juro”. Seguidamente, se procede a dar cumplimiento la Inspección Judicial. En este estado El tribunal constituido en la dirección indicada puede observar que se trata de un inmueble destinado a vivienda, tipo apartamento, que forma parte de una infraestructura mayor entiéndase edificio de tres pisos, el cual consta de cuatro espacios destinados a dormitorios, tres salas de baños de las cuales dos corresponde a las habitaciones y uno de uso general, un espacio destinado a recibo o sala, otro espacio dedicado al área de cocina y dos espacios semi-abiertos uno destinado a lavadero y el otro usado para colgar la ropa, sus puertas se encuentran en regular estado de uso y conservación, así como sus salas de baños igualmente en cuento a pintura y pisos se encuentre en regular estado, se observa que el mismo se encuentra habitado y dotado de enseres varios propios de un hogar, entiéndase: muebles, camas, cocina, lavadora, calentador de agua, lámparas, según apreciación del tribunal en buen estado de uso y conservación, de lo cual se deja registro fotográfico del los espacios señalados por el tribunal. En este estado el tribunal le concede el derecho de palabra a la experta antes juramentada y la misma expone: “En la dirección 3era avenida con avenida Caracas y calle 11 edificio Anka apartamento Nº1-B, el cual se encuentra distribuido de la siguiente manera: Un cuarto principal con baño con todos sus accesorios revestido de porcelana, piso de granito pulido y puerta de madera, en regular estado, Una Sala con ventanas panorámicas, piso de granito pulido con medidas aproximadas de 9mts por 4mts2, Una cocina comedor con piso de granito, con medida aproximada de 7 por 5 mts2. Un cuarto con piso de granito, con medida aproximada de 4 por 4mts2. Un cuarto con piso de madera flotante, con su respectiva sala de baño, con piso de granito, el baño con medidas aproximadas de 1,15 por 3 mts2 y el cuarto con medidas aproximadas de 4 por 3mts2. Un área de patio interno con medidas aproximadas de 3 por 2,15 mts2. Un área destinada a lavadero con un cuarto con medidas aproximadas de 4,5 por 4 mts2. Todo el inmueble con paredes pintadas de blanco, las habitaciones y baños con sus respectivas puertas en regular estado, con un área total de 178,82 mts2 y un valor aproximado de novecientos noventa mil Bolívares (990.000,00 Bs). Es Todo”. En este estado el Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara PRACTICADA LA INSPECCIÓN JUDICIAL y habiendo cumplido su misión acuerda el regreso a su sede siendo las 11:35 a.m. Terminó, se Leyó y Conforme firman.-
El Juez Provisorio.


Abgº TRINO LA ROSA VAN DER DYS

El Apoderado Judicial del Demandante,

El notificado y demandado de autos,

La Abogada asistente del notificado,



La Técnico Fotográfica.

La Experta.




El Secretario,

Abgº EDUARDO IBARRA.