REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 24 de Octubre de 2014
Años: 204° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELENA BIANEY GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.077.357, domiciliada en la Calle 1 con Avenida 2, Comunidad La Candelaria II, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, SIMON ANTONIO GUTIERREZ REGALADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.518.691, domiciliado en la calle 15 entre Avenidas 13 y 14, Comunidad Pozo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: JULIA MARIA NOGUERA PIÑA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-20.320.323, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de TRESCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (363.48 Mts2), con un Área de Construcción de CATORCE METROS CUADRADOS (14.00 Mts2) Ubicado en la Calle 2 entre Avenidas 2 y 3, Comunidad La Candelaria II, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico, con una (01) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cinco (05) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Rancho de Marianny Galindez, 15.60 M; SUR: Avenida 3, 15.60 M; ESTE: Terreno de Enrique Barranco, 23.30 M; OESTE: Calle 2 Su Frente, 23.30 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 R01 137 05 16, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Septiembre de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3456-2014.-
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria

Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.