Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 16 de septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO : FP02-J-2014-000627
RESOLUCION PJ0822014000655

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.

En horas hábiles del día de hoy DIECISEIS (16) de SEPTIEMBRE de 2014, siendo las diez y Treinta de la mañana (10:30), se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ciudadano Jueza del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EXTENSION CIUDAD BOLIVAR, Abogada LOLIMAR GARCIA, y la ciudadana CAROLINA QUIJADA, secretaria del Circuito y deja constancia de que no compareció, la parte actora, a la presente audiencia, de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, visto que no compareció la parte actora ciudadana YU XIANG FENG venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.800.404, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 514, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo este Tribunal de Mediación y Sustanciación administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole al demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha.

ABOG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar


LA SECRETARIA
ABOG. CAROLINA QUIJADA