PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NINAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. EXTENSION CIUDAD BOLÍVAR

Ciudad Bolívar, 29 de septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: FP02-J-2014-000910
RESOLUCION Nº PJ0832014000533


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 18-08-2014, suscrita por los ciudadanos: DANIEL ANDRES FERNANDEZ ORTEGA y ZORABEL DEL VALLE IBAÑEZ RIVERO, identificados en autos, debidamente asistidas por la Dra. ROSA DEL CARMEN PRIETO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público, cuyo escrito cursa en autos al folio (03), este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------
LA JUEZ (2º) DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION (TEMPORAL)

ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO

LA (EL) SECRETARIA (O)



En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.



LA (EL) SECRETARIA (O)


VJB/Jessica.-