REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.

PUERTO ORDAZ, 24 DE ABRIL DEL 2.015
AÑOS: 204° Y 155°
COMPETENCIA CIVIL

De la revisión de las presentes actuaciones se observa que en fecha 17/03/2015, se admitió la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (LOCAL COMERCIAL), y se ordenó el emplazamiento del ciudadano JAIME GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.728.575, en su carácter de dueño, propietario y accionista de la Sociedad Mercantil SUPER RUSTICO, C.A., Rif. Nº J400008387, por ante la Notaría Pública Segunda de Puerto Ordaz, el día 29 de Marzo de 2012, el cual quedó inserto bajo el Nº 22, del Tomo 81 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, para que compareciera por ante este Tribunal al Segundo (2º) día de Despacho siguientes a aquel en que conste en autos su citación, en el horario comprendido de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., y de Contestación a la Demanda en el presente juicio, siendo que el presente juicio se debió admitir por el procedimiento oral, y no como se admitió en su oportunidad, y ante el error cometido que atenta contra el debido proceso y el derecho de la defensa contenida en el Ordinal 1° del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 7, 14 y 15 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 206 “ejusdem” REPONE la presente causa al estado de admitirse nuevamente la demanda por auto separado, Y DECLARA nulo y sin valor alguno el auto de admisión de fecha 17-03-2015, que riela al folio veinticuatro (24), y todas las actuaciones subsiguientes a dicho auto, y así expresamente se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.

EL JUEZ PROV.,

ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO

PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY, A LAS DOS HORAS DE LA TARDE (2:00 P.M.)
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/judith
Exp. N° 43.781