REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de abril de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MARY YUVELIN ÁLVAREZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.859.583, con domicilio en el Sector Obonte, Calle Principal, Casa S/N, Municipio La Trinidad del estado Yaracuy y NILDA GISELA FLORES BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.912.043, con domicilio en el Barrio San Rafael, Sector Santa Elena, tercera transversal, calle los cocos, casa Nº 1-64, Municipio Independencia del estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos PEDRO GARCÍA, FRANCYS LEONOR GARCÍA SÁNCHEZ y PEDRO JOSÉ GARCÍA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.260.356, 14.442.591 y 14.442.619 de la ciudadana IXIA LEONOR SÁNCHEZ DE GARCÍA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.477.981. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abog. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abog. EDUARDO IBARRA
Solicitud Nº 351-15
TLRVDD/er.-