REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de abril de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos; LEYDIS CLARETH FONSECA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-10.859.808, domiciliada en la calle principal de Higuerón, más abajo de la parada de Higuerón del municipio San Felipe del estado Yaracuy y MARCO ARGENIS MOGOLLON GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-13.985.192, domiciliado en el Barrio Las Madres, calle principal Las Madres del municipio Independencia del estado Yaracuy, es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana FRANCISCA RIVERO PARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.572.455, asistida por la abogada FIDELINA CORDERO inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 220.791; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad del INAVI, que mide en su totalidad, CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS (190,38 Mts2), con un valor aproximado de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), con un área de construcción de CIENTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (133,60 Mts2), ubicado en la Urbanización Las Tapias, Norte I, municipio San Felipe del estado Yaracuy, consistente en unas bienhechurías constantes de una casa de paredes de bloques frisadas, techo de acerolit, dos (02) baños, compuesta por tres (03) habitaciones, una (01) cocina, una (01) sala, un (01) comedor, un (01) local comercial, con puertas de metal, piso de cemento pulido, con tuberías de aguas servidas, agua potable y electricidad. Encontrándose alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa de Jerardo Rojas, con 11,40 metros lineales; SUR: Calle 12 de Octubre que es su frente, con 11,40 metros lineales; ESTE: Francisca Márquez de Cruz, con 16,70 metros lineales; y ESTE: María Rodríguez, con 16,70 metros lineales. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. Eduardo Ibarra
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de once (11) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
TLRVDD/ei/mc.-
Titulo Supletorio Nº 363-15