REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 7 de abril de 2015
Años 204° y 156°

EXPEDIENTE Nº 125-15

PARTE DEMANDANTE Ciudadanos YANET ELIZABETH MACHADO CAMPOS y OSCAR EDUARDO BECHARA GÁMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 6.836.978 y 4.583.200 respectivamente; ambos de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE
PARTE DEMANDANTE
Abog. JESÚS MANUEL MATUREL
Inpreabogado N° 65.198

MOTIVO
DIVORCIO 185-A

Los ciudadanos YANET ELIZABETH MACHADO CAMPOS y OSCAR EDUARDO BECHARA GÁMEZ, ya identificados, debidamente asistidos de abogado, solicitaron de este Tribunal SE LES DECRETE LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO CONTRAIDO ENTRE ELLOS, el día 23 de julio de 1987, por ante el Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante a los folios del cinco (5) al siete (7) ambos inclusive del expediente y signada con el N° 15, folios vto. del 26 al 28 del Libro de Matrimonio llevado por dicho Despacho para el año de 1987.
Narran los cónyuges en su escrito libelar, que una vez contraído el matrimonio, fijaron su último domicilio conyugal en el Sector Cocorotico, Urb. José Gregorio Hernández, calle 1, entre Av. 1 y 2, casa Nº 30-08, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; asimismo señalan que de esa unión matrimonial procrearon dos (02) hijos, que llevan por nombre Oscar Eduardo Bechara Machado y Elieska Betzabeth Bechara Machado, y quienes actualmente cuentan con la mayoría de edad; pero es el caso, alegan igualmente los solicitantes que por razones que no vienen al caso especificar, se separaron de hecho, llevando así más de cinco (5) años separados y por cuanto se ha mantenido dicha separación SIN QUE SE HAYA PRODUCIDO NINGÚN INTERÉS DE RECONCILIACIÓN, es por lo que solicitan el DIVORCIO de conformidad con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, por no haberse logrado la reconciliación entre ellos.
La solicitud fue admitida por auto de fecha 10 de marzo de 2015, ordenándose la citación de la representación Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
En fecha 16 de marzo de 2015, inserta al folio 16, el alguacil de este Juzgado consignó Boleta de Citación de la Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, debidamente firmada.
Al folio 17 cursa opinión favorable, emitida por la Representación Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR LA PRESENTE SOLICITUD, EL TRIBUNAL LO HACE DE LA SIGUIENTE MANERA:
Como se observa, la legitimidad de las partes está demostrada con la copia certificada del Acta de Matrimonio, cursante a los folios del cinco (5) al siete (7) ambos inclusive, de la cual se constata que los esposos, ciudadanos YANET ELIZABETH MACHADO CAMPOS y OSCAR EDUARDO BECHARA GÁMEZ, tienen más de CINCO (5) años de casados; así como está demostrada la ruptura prolongada de vida en común, tal como lo alegan los cónyuges en su escrito libelar.
El tribunal no hace pronunciamiento expreso con respecto a hijos por cuanto los procreados durante la unión conyugal son mayores de edad; igualmente, no se hace pronunciamiento expreso en cuanto a bienes de liquidación por motivo de la unión conyugal, por cuanto en el escrito libelar manifestaron no haber adquirido bien alguno.
Por tanto, este Juzgador considera que en el presente procedimiento se cumplieron todos y cada uno de los trámites procesales requeridos por el Legislador para su procedencia y ASÍ SE DECLARA.
Por las razones anteriormente explanadas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos YANET ELIZABETH MACHADO CAMPOS y OSCAR EDUARDO BECHARA GÁMEZ, anteriormente identificados, y DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS por ante el Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, según Acta N° 15, folios vto. del 26 al 28 de fecha 23 de julio de 1987.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los siete (7) días del mes de abril de 2015. Años 204° y 156°.

El …

…Juez Provisorio,

Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,

Abog. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha y siendo las 2:45 p.m. se publicó y registró la anterior decisión.
El Secretario,

Abog. EDUARDO IBARRA




Abog. TLRVDD/er.-