REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, DIEZ (10) DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE (2015).
205° Y 156°

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2013-000074
PARTE DEMANDANTE DOMINGO ANTONIO TOVAR CHIRINOS, NELSON ANTONIO MOYETONES, ORLANDO JOSE SALCEDO PALACIOS, JOSE DIOSMEDE LÓPEZ, MARTIN AURELIO CENTENO, YOBANYS ALEXANDER CASTILLO BARRAEZ, titulares de la cédula de identidad signadas con los números V-18.673.859, V-18.757.694, V-15.482.549, V-17.061.334, V-7.917.744, V-11.646.966, V-17.061.681 respectivamente.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE ZORAIDA ROJAS y YASNERIS MUJICA, inscritas en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los números 121.623 y 106.263, respectivamente.
PARTE DEMANDADA PRINCIPAL CONSORCIO RAPAYCA, C.A, en la persona del ciudadano CARLOS LOMEÑA.
PARTE DEMANDADA SOLIDARIAMENTE RACAR INGENIEROS, C.A, en la persona del ciudadano CARLOS LOMEÑA; ASOCIACIÓN COOPERATIVA PAYVENCA, 578. RL, en la persona de CARLOS LOMEÑA, y como personas naturales los ciudadanos CARLOS JESUS LOMEÑA ESTEVEZ, titular de la cédula de identidad V- 4.269.478, y al ciudadano JOSE ANTONIO PUZZI BUCCELLA, titular de la cédula de identidad V-10.750.706.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA PRINCIPAL y SOLIDARIAMENTE SERGIO ANTONIO SIMON NARANJO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 70.904
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAIDOS.

En la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy, a los diez (10) días del mes de agosto de dos mil quince (2015), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora fijada para que tenga lugar, la celebración de la Audiencia Preliminar prolongada y continuar con el proceso de conciliación y mediación por ante este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAIDOS, incoada por los ciudadanos RAYNER OSCAR ALVAREZ FALCÓN, DOMINGO ANTONIO TOVAR CHIRINOS, NELSON ANTONIO MOYETONES, ORLANDO JOSE SALCEDO PALACIOS, JOSE DIOSMEDE LÓPEZ, MARTIN AURELIO CENTENO, YOBANYS ALEXANDER CASTILLO BARRAEZ, titulares de la cédula de identidad signadas con los números V-18.673.859, V-18.757.694, V-15.482.549, V-17.061.334, V-7.917.744, V-11.646.966, V-17.061.681, respectivamente, representado en este acto por la abogada en ejercicio ZORAIDA ROJAS, inscritas en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los números 121.623, cualidad que acredita en autos; CONTRA: CONSORCIO RAPAYCA, C.A, en la persona del ciudadano CARLOS LOMEÑA, y solidariamente RACAR INGENIEROS, C.A, en la persona del ciudadano CARLOS LOMEÑA; ASOCIACIÓN COOPERATIVA PAYVENCA, 578. RL, en la persona de CARLOS LOMEÑA, y como personas naturales los ciudadanos CARLOS JESUS LOMEÑA ESTEVEZ, titular de la cédula de identidad V- 4.269.478, y al ciudadano JOSE ANTONIO PUZZI BUCCELLA, titular de la cédula de identidad V-10.750.706, representados en este acto por el abogado en ejercicio SERGIO ANTONIO SIMON NARANJO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 70.904, representación que se desprende de los autos. La ciudadana Jueza, declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar prolongada, instando a las partes a alcanzar un acuerdo conciliatorio en esta fase del proceso laboral. En este estado, ambas partes hacen uso del derecho de palabra y exponen razonadamente sus posiciones que imposibilitan alcanzar un acuerdo conciliatorio, razón por la cual solicitan la remisión del presente asunto al Tribunal de Juicio. Ahora bien, visto lo expuesto por las partes y verificadas las causas que impiden alcanzar un acuerdo conciliatorio, este Tribunal da por concluída la presente audiencia preliminar, de conformidad con el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente, atendiendo a la disposición normativa 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena agregar a los autos, los medios de pruebas presentados por las partes en la instalación de la audiencia preliminar, por la parte demandante: constante de dos (02) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, sin anexos. Por la parte demandada principal: CONSORCIO RAPAYCA, C.A, constante de tres (03) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, y siete (07) carpetas marrones con gancho, identificadas en su pestaña con los siguientes nombres: RAYNER OSCAR ALVAREZ FALCÓN 2011, DOMINGO ANTONIO TOVAR CHIRINOS 2011, NELSON ANTONIO MOLLETONES ORTIZ 2011, ORLANDO JOSE SALCEDO PALACIO 2011, JOSE DIOMEDE LOPEZ 2011, YOBANYS ALEXANDER CASTILLO BARRAEZ 2011, MARTIN AURELIO CENTENO 2011, y un anexo signado con el número 4 contentivo de un (01) folio útil. De igual manera, los demandados solidariamente: Racar Ingenieros, C.A, constante de dos (02) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, sin anexos; Cooperativa Payvenca, S.R.L, constante de dos (02) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, sin anexos; Carlos Jesús Lomeña Esteves, constante de dos (02) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, sin anexos; José Puzzi, constante de dos (02) folios útiles el escrito de promoción de pruebas, sin anexos; quedando así abierto el lapso establecido para la contestación de la demanda. Siendo las 10:30am se dio por terminado el acto, se leyó, y conformes firman. Cúmplase con lo ordenado.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.

LA JUEZA;


MAGDYELIS ROCIO CASTRO PEREIRA


APODERADAS DE LA PARTE DEMANDANTE; APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA;


ABG. ZORAIDA ROJAS ABG. SERGIO ANTONIO SIMÓN NARANJO

ABG. YANERIS MUJICA

LA SECRETARIA;

MIRBELIS ALMEA