REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de agosto de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, NIXON EDGARDO CAMACARO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.274.598, domiciliado en el calle Amadeo Saturno entre Piar y Castaño, casa Nº 2-21, municipio Cocorote del estado Yaracuy; y JOHN CRISTOPHER DUGARTE CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.611.862, domiciliado en la Urbanización San Gerónimo, calle 1, casa Nº 12, casa s/n, municipio Cocorote del estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana CRISALIDA DEL VALLE TORRES ASUAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.795.178, asistida por el Abogado Miguel Arturo Vergara Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 174.433; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad municipal; que mide en su totalidad, TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTIMETROS (38,16 Mts2), con un valor aproximado de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00), con un área de construcción de TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTIMETROS (38,16 Mts2), ubicado en la calle principal de Las Tejitas, carretera Panamericana de Cocorote, municipio Cocorote del estado Yaracuy, el cual consiste en las unas bienhechurías de un local comercial, con las siguientes características: Paredes de bloque frisadas, techo de acerolit y parte de platabanda, piso de concreto y parte de cerámica, tres (03) portones de metal, protectores de metal en la parte superior del techo realizados con cabillas, dos (02) puertas de metal, estanterías empotradas de dos niveles realizadas en metal y estanterías empotradas de siete (07) niveles en madera, con su respectivo sistema eléctrico y respectivos servicios. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: NORTE: (10,80 ML) Con carretera Panamericana Cocorote-Independencia; SUR: (13,60 ML) Con casa que es, o fue de la familia Gómez; ESTE: (3,60 ML) Con calle principal Las Tejitas; y OESTE: (3,00 ML) Con retiro de la carretera Panamericana. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. Eduardo Ibarra
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Titulo Supletorio Nº 443-15