REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 07 de Agosto del 2015
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos, ZORAIDA JACQUELINE NUNES DE JIMENEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.278.388, con domicilio en la Comunidad de los Horcones, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANTONIO DE FRANCESCANTONIO DURAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.438.319 con domicilio en la Comunidad de Los Horcones, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana MARIA FELIX TERAN VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 21.048.849; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno propiedad del Municipio, que mide CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS ( 429,00 Mts2), en un área de construcción de R4= CUARENTA Y DOS METROS ( 42,00 Mts2), Ubicada Vía el Tapón entre calle principal y Callejón 1. Comunidad Los Horcones Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de Una Casa de una sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de Zinc, piso de Tierra, con una puerta de madera de entrada y salida, con sus servicios de aguas blancas y de electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a Tres cintas de alambres de puas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de de Renny Ceballo en 13.00 ml; SUR: Vía el Tapón su frente en 13.00 ml; ESTE: Callejón 1 en 33.00 ml; OESTE: Terreno Comunal en 33.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AR-125-16-04,
Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Junio del año 2015. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3861/2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-