REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 10 de Agosto de 2015
Años: 205° y 156°

Exp. Nº 2150-2015.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)

Visto el escrito que antecede suscrito por la ciudadana NELY COROMOTO MENDOZA LEON; los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de las testigos juradas, ciudadanas: BELKIS BEATRIZ PAEZ BLANCO e IRIS ROSARIO OVIEDO SILVA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-12.280.062 y V-15.388.224 respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos NELY COROMOTO MENDOZA LEON, YEPSI COROMOTO ROJAS MENDOZA y YAKSON JOSE ROJAS MENDOZA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.701.545, V-14.918.928 y V-17.699.894 respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos, del ciudadano: JOSE GUPERTINO ROJAS DOMINGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-7.509.583, residenciado en la Vía de Servicio, entre Calles 08 y 09, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, fallecido el día 03-07-2014; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante previa expedición de las copias certificadas requeridas por la misma. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Temporal;


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO

La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.-
En la misma fecha se devuelve constante de Veinticinco (25) folios útiles y se expidieron las copias certificadas requeridas por la solicitante.
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.
La suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 25 del expediente distinguido con el Nº 2150-2015. Urachiche, 10 de Agosto de 2015.-
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V