REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.
Tumeremo, 19 de agosto de 2015
205º y 156 º
ASUNTO PRINCIPAL: FP21-S-2015-000057
ASUNTO: FP21-S-2015-000057
RESOLUCIÓN NRO. PJ0032015000053
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.
IMPUTADO: GUERRA LEONARDO, venezolano, titular de la cedula de identidad nro.19.871.736, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, de 21 años de edad, nacido en fecha 01-05-88, hijo de Jesús Duerto y de Elizabeth Guerra, de oficio supervisor de transporte, domiciliado en sector Junín, detrás del estadium, casa sin nro, Tumeremo, estado Bolívar.
DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-
ÚNICO:
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 28/05/2010, por el Juzgado del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivar, en función de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-1551-09, con relación al delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano: GUERRA LEONARDO, venezolano, titular de la cedula de identidad nro.19.871.736. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA QUEZADA.
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