REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.

Tumeremo, 21 de agosto de 2015
205º y 156 º
ASUNTO PRINCIPAL: FP21-S-2015-0000116
ASUNTO: FP21-S-2015-0000116


RESOLUCION NRO. PJ0032015000072

ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.


IMPUTADO: JOANGEL JOSE CAMPOS, titular de la cedula de identidad nro. 17.045.031, de 27 años de edad, nacido en Ciudad Bolivar en fecha 05-07-83, de oficio obrero, residenciado en Lomas de El Callao, calle principal, casa sin nro, sector panama, El Peru- El Callao Estado Bolívar.

DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:

Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 02/07/2012, por el Juzgado Del Municipio El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivar en función de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-0816-011, con relación al delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano: JOANGEL JOSE CAMPOS. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.

LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO


ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA

ABG. SILVIA QUEZADA.