REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.

Tumeremo, 24 de agosto de 2015
205º y 156 º
ASUNTO PRINCIPAL: FP21-S-2015-0000091
ASUNTO: FP21-S-2015-0000091

RESOLUCION NRO. PJ0032015000077

ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.


IMPUTADO: OSWALDO JOSE OSAL SAYAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 9.244.085, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido el 15-07-65, de 44 años de edad, hijo de José Manuel Osal y Maria Sayago, de oficio comerciante, residenciado en calle Bolívar, cruce con Liccione. Edificio La Esperanza El Callao, Estado Bolívar.

DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:

Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 09-06-2011, por el Juzgado del Municipio El Callao, en Funciones de Control Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-1178-010, con relación al delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano: OSWALDO JOSE OSAL SAYAGO. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.

LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO


ABG. YARLENY SALAZAR G.

LA SECRETARIA

ABG. BETZY MUÑOZ.