REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.
Tumeremo, 26 de agosto de 2015
205º y 156 º
ASUNTO PRINCIPAL: FP21-S-2015-0000155
ASUNTO: FP21-S-2015-0000155
RESOLUCION NRO. PJ0032015000088
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.
IMPUTADO: EGUARD BARBARITO RIVILLA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 21.122.268, de 18 años de edad, nacido en fecha 12-12-93, natural de Tumeremo estado Bolívar y domiciliado en la calle Principal sector la Frontera casa sin nro Tumeremo, Estado Bolívar y ELIECER MIIGUEL RIVILLA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 20.884.788, de 22 años de edad, nacido en fecha 11-10-90, natural de Tumeremo estado Bolívar, y domiciliado en la calle Principal sector la Frontera casa sin nro Tumeremo, Estado Bolívar.-
DELITOS: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39y 41 ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-
UNICO:
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 24/09/2012, por el Juzgado del Municipio Sifontes en Funciones de Control Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar Estado Bolívar, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-0539-012, con relación al delito de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39y 41 ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, a los ciudadanos: EGUARD BARBARITO RIVILLA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 21.122.268, y ELIECER MIGUEL RIVILLA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 20.884.788. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA QUEZADA.