REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 27 de agosto de 2015
205º y 156 º


ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000096
ASUNTO : FP21-S-2015-000096
RESOLUCION NRO: PJ0032015000094
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: OMAR AMER NASSER NASSER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.554.105, estado civil casado, profesión u ocupación comerciante, hijo del ciudadano: Mazul Nasser y de la ciudadana: Soraida Nasser, residenciado en la calle heres con prolongación de la calle la paz, frente al edificio Guayana, El Callao - Estado Bolívar. Teléfono: 0288-4424745.-
DELITO: Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-
UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado el 16/10/2014, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio El Callao y Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión El Callao, en la investigación penal Nº 07-F5-2C-1098-2011, con relación al delito: Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano: OMAR AMER NASSER NASSER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.554.105, estado civil casado, profesión u ocupación comerciante, hijo del ciudadano: Mazul Nasser y de la ciudadana: Soraida Nasser, residenciado en la calle Heres con prolongación de la calle la Paz, frente al edificio Guayana, El Callao - Estado Bolívar. Teléfono: 0288-4424745.-
Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA

ABG. SILVIA QUEZADA