REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 27 de agosto de 2015
205º y 156 º


ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000129
ASUNTO : FP21-S-2015-000129

RESOLUCION NRO: PJ0032015000100
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: DANIEL RAMON BRITO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.138.362, residenciado en el sector villa del rosario, calle Rómulo Bentacourt, casa Nº 13, Guasipati - Estado Bolívar.
DELITO: Acoso u Hostigamiento, y Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 20/06/2011, por el Juzgado Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Jurisdicción Penal en Función de Control, Audiencia y Medida en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Extensión Guasipati, en la investigación penal Nº 07-F5-2C-0065-011, con relación al delito Acoso u Hostigamiento, y Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano: : DANIEL RAMON BRITO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.138.362, residenciado en el sector villa del rosario, calle Rómulo Bentacourt, casa Nº 13, Guasipati - Estado Bolívar.
Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO

ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA

ABG. SILVIA QUEZADA