REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia contra la mujer del Estado Bolivar extensión territorial Tumeremo.
Tumeremo, 28 de agosto de 2015
205º y 156 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-P-2015-000039
ASUNTO : FP21-P-2015-000039

RESOLUCION NRO: PJ0032015000110
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: GUILLERMO JOSE YNAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.009.340, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 11/01/1980, natural de Maturín, hijo del ciudadano: José Ynaga y de la ciudadana: Margarita de Ynaga, residenciado en el sector loma linda, casa s/n, Tumeremo - Estado Bolívar.

DELITO: Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 11/05/2015, por el Tribunal Segundo De Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Del Circuito Judicial Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Del Estado Bolívar, Extensión Tumeremo, en la investigación penal Nº H-688.705, con relación a el delito ante señalado, Violencia Fisica, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.- al ciudadano: GUILLERMO JOSE YNAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.009.340, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 11/01/1980, natural de Maturín, hijo del ciudadano: José Ynaga y de la ciudadana: Margarita de Ynaga, residenciado en el sector loma linda, casa s/n, Tumeremo - Estado Bolívar.
Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO

ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA