REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia En Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Estado Bolivar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 5 de agosto de 2015
205º y 156 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000006
ASUNTO : FP21-S-2015-000006


RESOLUCION NRO: PJ0032015000001


ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: JOSE RAFAEL LOPEZ RENGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-12.519.557, de 36 años de edad, natural de Guasipati, Estado Bolívar, donde nació el 24/08/72, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Vista Hermosa, calle principal, casas de madera sin nro, bloquera comunal Guasipati, Estado Bolívar.-
DELITO: Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:

Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado el 07/07/2015, por el Tribunal Primero en función de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Tumeremo, en la investigación penal Nº H-888-383, con relación al delito antes señalado, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano JOSE RAFAEL LOPEZ RENGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-12.519.557, de 36 años de edad, natural de Guasipati, Estado Bolívar, donde nació el 24/08/72, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Vista Hermosa, calle principal, casas de madera sin nro, bloquera comunal Guasipati, Estado Bolívar. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA QUEZADA.