REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones de Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos de Violencia Contra La Mujer Del Estado Bolivar Extensión Territorial Tumeremo.

Tumeremo, 5 de agosto de 2015
205º y 156 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000008
ASUNTO : FP21-S-2015-000008

RESOLUCION Nro. PJ0032015000002

ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.


IMPUTADO: CARLOS JOSE MARIN BRAVO, de 21 años de edad, titular de la Cedula de Identidad nro. 22.584.545, nacido en fecha 29-10-1985, natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Carlos Domingo Marín y de Carla Marín, domiciliado en: Virgen del Valle Calle Enrique Clark, sin nro, El Callao Estado Bolívar.
DELITO: Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-
UNICO:

Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado el 19/01/2009, por el Tribunal Primero en función de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-0849-07, con relación al delito antes señalado, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano CARLOS JOSE MARIN BRAVO, de 21 años de edad, titular de la Cedula de Identidad nro. 22.584.545, nacido en fecha 29-10-1985, natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Carlos Domingo Marín y de Carla Marín, domiciliado en: Virgen del Valle Calle Enrique Clark, sin nro, El Callao Estado Bolívar. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LAS JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA QUEZADA