TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VERÓES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 14 de Diciembre de 2015
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas MAYGUALIDA KATIUSKA CASTILLO AGATON, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en la calle principal, vía oleoducto, casa s/n charaguo, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 17.254.597, DAMELYS DE JESÙS CRESPO ÀLVAREZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en la calle principal, vía oleoducto, casa s/n charaguo, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 17.254.319 y ALEIDA MARÌA CORDERO URTADO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en la calle principal, vía oleoducto, casa s/n charaguo, cerca de la estación del Ferrocarril, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 17.254.589; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano JESÙS RAMÒN MORA ARELLANO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.662.036, asistido por la abogada ANDREA ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 233.313, sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno propiedad del INTI, ubicadas en el sector Charaguao, municipio San Felipe del Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: terrenos ocupados por Nelson Ochoa, SUR: terrenos ocupados por Julio García, ESTE: terrenos ocupados por Nelson Ochoa; y OESTE: calle principal hacia Charaguao, el referido inmueble se encuentra constituido por: una Cerca con paredes de bloque de cemento frisadas de TRES (3,00) METROS de Altura, con manchones y bases de concreto, con cerco eléctrico perimetral con viga de corona la parte superior de esta pared, que tiene una medida de VEINTINO CON TREINTA Y CINCO (21, 35) metros de frente y CINCUENTA Y DOS (52,00) metros de fondo, lo que da un área de MIL CIENTO DIEZ, CON VEINTE (1.110,20) METROS CUADRADOS CERCADOS, portón de hierro corredizo accionado con motor eléctrico, puerta de hierro con cerradura, esta área está sembrada de grama, tres (03) pinos Caribe, un árbol de moringa y una mata de chaya, sembrado ordenadamente a lo largo de cominerías de concreto, tanque subterráneo de TRECE (13) metros de largo por SEIS CON SETENTA (6, 70) METROS DE ANCHO y UNO CON TREINTA (1,30) METROS DE PROFUNDIDAD, con capacidad para almacenar CIENTO TRECE MIL (113.000) litros de agua limpia. Las bienhechurías están distribuidas de la siguiente manera: UNA PRIMERA AREA de oficina y depósito de SETENTA Y CINCO CON SESENTA Y CINCO (75,65) METROS CUADRADOS con base de concreto, estructura y placa de concreto armado, paredes de bloques frisadas, columnas de concreto, pisos de cerámica, terracota, ventanas de hierro, aluminio y vidrios con protectores de hierro, porcelana decorada en baños, instalaciones eléctricas y de plomería embustida, friso rustico en techos, puertas internas de madera y externas de hierro, consta de un hall de entrada, oficina principal, un cuarto sin closet, dos baños con todos sus accesorios, un deposito y área de trabajo. UNA SEGUNDA AREA DE PROCESOS de SESENTA Y NUEVE CON SETENTA Y DOS (69, 72) METROS CUADRADOS de los cuales CUARENTA Y DOS (42,00) METROS CUADRADOS, son de estructuras con base en concreto y placa de concreto armado y el resto es un galpón de techo de acerolit en estructura de hierro, con portón de hierro y alfajol de CUATRO (4,00) METROS DE LARGO por TRES (3,00) METROS de alto, con oficina de vigilancia con puertas de hierro y alfajol. UNA TERCERA AREA O DEPOSITO, DE TREINTA Y DOS (32,00) METROS CUADRADOS con dos puertas de hierro y ventana de hierro con paredes de bloques frisadas, techo de platabanda y piso de cemento, sobre este depósito se encuentra un área social o plata alta de TREINTA Y DOS (32,00) METROS CUADRADOS, con baños con todos sus accesorios, puertas de hierro y reja, lavaplatos área de cocina y comedor, con escalera de concreto techo de madera, caña brava y teja. UNA CUARTA ÀREA O DEPOSITO, VEINTIUN (21,00) METROS CUADRADOS con puertas de hierro, paredes estructura de concreto, paredes de bloque de cemento frisadas y techo de platabanda, con baño con todos sus accesorios, sobre este depósito se encuentra, UNA QUINTA ÀREA EN CONSTRUCCIÒN PARA OFICINAS, un patio central cercado con paredes de bloque de cemento frisadas y puerta de hierro que da al área posterior de terreno cercada esta con alambres de púas, con estantillos de madera y rabo de ratón y sembrada con árboles frutales. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante, antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. RAMSES ALBERTO OCHOA.
EL SECRETARO,
ABG. LUIS ELIGIO KLEM
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARO,
ABG. LUIS ELIGIO KLEM
RAO/LEK/dp.-
S-0696-2015
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