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 ASUNTO: FP02-J-2015-001197
 RESOLUCION Nº PJ0822015001452
 
 SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
 Por recibido el anterior escrito de convenimiento presentado por el (la) ciudadano (a): YAJAIRA GIANASTTASIO, actuando con el carácter Fiscal Séptimo del Ministerio Público de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante la cual presenta el convenimiento celebrado entre los ciudadanos: JOSE EUSEBIO TORRES ABACHE y SINAI DESSIRE RAMIREZ ARROYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.652.790 y V-15.124.592 respectivamente, por Otorgamiento del ejercicio de la Custodia a favor de la niña: SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES,  de ocho (08) años de edad. Este Juzgado le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE. Procede este Juzgado a pronunciarse sobre la homologación del convenimiento presentado, El artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes, contienen el fundamento adjetivo del convenimiento.
 Visto entonces que la ley permite a los progenitores a convenir con respecto al Otorgamiento al Ejercicio de la Custodia, este Juzgado Primero de  Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el OTORGAMIENTO DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA, Así se decide. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 359 y 518 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
 Publíquese, regístrese y consérvese el original del presente acuerdo en el Archivo del Tribunal y entréguese copia certificada de la solicitud y del presente auto a los solicitantes.
 
 ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
 Jueza Titular del Tribunal  Primero de Primera Instancia de Mediación,
 Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar
 
 ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ
 Secretaria de Sala
 
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