REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA






JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 16 de Diciembre del 2.015.
Años: 205° y 156°



Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, YOCOIMA ROSA VARGAS TORRELLES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-11.750.993 y domiciliada en la Trilla sector Menca de Leoni, calle 01, sector 01 casa s/n final de la calle, del Municipio San Felipe, estado Yaracuy y WILLIAN HERNÁN ESCOBAR CASTILLO, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad número V-3.706.820 y domiciliado en la Urbanización San Antonio, transversal 01, casa Nº 13-6B, del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos SURISADAI COROMOTO COVA FLORES y MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ CORDERO, ambos venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.324.611 y V-4.478.620 respectivamente, sobre las bienhechurías, cuyas medidas y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.

LA JUEZ,

ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.


En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.


LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.