REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa: 3 de Diciembre de 2015
AÑOS: 204º y 155º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YANEXY MARIVÍ ESPINO SÁNCHEZ, y ROGER ANTONIO ÁLVAREZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. Nº V-16.112.461 y V- 15.387.337 respectivamente, domiciliados (la primera), en la Avenida principal Buena Vista, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; (el segundo), en la Calle 7 Sector Caja de Agua, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, de un lote de terreno Municipal ubicado en la Calle 02, Sector San Valentín, Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y que mide DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTÍMETROS (274,90M2), y cuyos linderos son los siguientes: Norte: parcela ocupada por Yurimar Peroza, Sur: Calle N° 03, Este: Avenida N° 01; y Oeste: Calle N° 03, sobre su superficie existe una pieza construida con paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido y techo de zinc. El cual tiene un área de construcción de DIECISIETE METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTÍMETROS (17.22m2), se encuentra cercado en su totalidad con estantillos de madera y cinco (5) cuerdas de alambre de púas y con sus servicios de electricidad, aguas blancas y aguas negras. El costo total de dicho inmueble es de CINCUENTA MIL BOLÍVARES, (Bs. 50.000,oo), favor de la ciudadana YUZETH DEL VALLE TREJO GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-19.454.539, Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio al ciudadano Sindico (a) Procurador del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,
Abg. Villasmil Antonio Petit
La Secretaria Temporal
Abg. Mónica del Sagrario Cardona Peña
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 am) se registró y publicó la anterior decisión.
La Secretaria Temporal
Abg° Mónica del Sagrario Cardona Peña
VAP/mdscp/czdp.
N° 221/15