REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, trece (13) de enero de 2015
204° Y 155°

ASUNTO: UP11-L-2014-000264-

Estando en la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisión de la demandada este Juzgado lo hace en los siguientes términos: En fecha (10) de noviembre de 2014, se emitió despacho saneador el presente asunto, por no cumplir los requisitos exigido en los numerales 1,3 y 4 del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se instó a la parte actora a subsanar su escrito libelar, y ha indicar de manera pormenorizada los montos demandados por cada uno de los actores. Consta al folio diez (10), consignación de la boleta de notificación, de la cual se evidencia que en fecha 12/12/2014, fue notificado el ciudadano William Delgado, titular de la cédula de identidad N° 7.589.548. En fecha 16 de diciembre de 2014, comparece el abogado José Colmenares, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 156.325, y consigna diligencia con anexo del escrito libelar, sin embargo de una revisión minuciosa, quien suscribe observa que fue detallado el monto correspondiente a cada trabajador pero no se indicó a que conceptos corresponden los montos indicados, por lo que dicha demanda no cumple con los requisitos 3 y 4 del articulo 123 de la Ley procesal, el cual exige que en el libelo de la demandada se debe indicar el objeto, es decir, lo que se pide y lo que se reclama y una narrativa de los hechos en la que apoya; por lo que resulta forzoso para este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declarar INADMISIBLE la demanda por Cobro de Liquidación Definitiva, incoada por los ciudadanos WILLIAM DELGADO, ANGEL SANCHEZ, ALFREDO ORTEGA, BLADIMIR RODRIGUEZ, CARLOS GONZALEZ, JUNIOR VALBUENA, VICTOR SANCHEZ, MELQUIADES AGUILAR, RAMON RODRIGUEZ, ORLANDO RAMOS, FRANGEOR ORTA, ALI CUERVA, JOSE SEQUERA, ALVARO PINTO, ALBERTO GUTIERREZ, DAVID LOPEZ, CARLOS HARO, JOSE OCHOA, ORLANDO MELEAN, CARLOS GONZALEZ, SAMAEL PALMA PINTO, REINALDO JOSE PINTO y JOSE REYES respectivamente contra CONSTRUCCIONES PASVAL, C.A. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se da por terminada la presente causa una vez que quede definitivamente firme esta sentencia, se ordena su remisión al archivo judicial para su guarda y custodia. Así se decide.-

La Jueza,


BERTHA FERNANDEZ MARCANO

El Secretario,


RUBEN ARRIETA