REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, VEINTISÉIS (26) DE ENERO DEL 2014.
AÑOS: 204° Y 155°
COMPETENCIA CIVIL.

Visto el Convenimiento celebrada por las partes en fecha 13/03/2.007, por ante el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, hoy, JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, que cursa a los folios Nros. 12 al 16 del cuaderno de medidas del presente expediente signado con el N° 39.328-06, efectuado por el ciudadano: SEÑOR EPSON WILLIAMS CUENCA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.660.332 y de este domicilio, en su carácter de Gerente General de la empresa MULTISERVICIOS KANITO’S, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20 de marzo del 2.006, anotada bajo el Nº 73, Tomo 12-A-PRO, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ANTONIA GABRIELA WALLS FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el IPSA bajo el Nº 107.666 y de este domicilio, PARTE DEMANDADA, en el juicio de: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, el cual fue aceptado por la Abogada en ejercicio ALINA CASANOVA, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el IPSA bajo el N° 92.800 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: MANUEL CASTRO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.916.907 y de este domicilio, PARTE DEMANDANTE; otorgándose recíprocas concesiones, siendo que la Abogada en ejercicio ALINA CASANOVA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, tiene facultad expresa para convenir a nombre de su representado según se evidencia del Poder Apud Acta, que cursa al folio 23 del Cuaderno Principal; y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 40 Ordinal 1º, 253, 257 de la Constitución Nacional y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo homologa en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Se da por terminado el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Ordenándose remitir el expediente al Archivo Judicial.

Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. JOSÉ SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.)
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO

JSM/jc/*astrid
EXP. Nº 39.328