REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 13 de Enero de 2015
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EDITA ROGELIA CASTILLO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.511.254, domiciliada en la Comunidad Teteiba, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, ADA MARIA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.556.963, domiciliada en la Comunidad Teteiba, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: ELIZABETH COROMOTO DELGADO FALCON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.558.566, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (452.40 Mts2), con un Área de Construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42.00 Mts2) Ubicado en la Calle 4, Esquina Avenida 4, Comunidad Teteiba, Sector La Manga, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de acerolit, con una (01) puerta de entrada de zinc, cercada perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cuatro (04) cintas o pelos de alambre de púas, con servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar de Ali Bastida, 26.00 M; SUR: Avenida 4, 26.00 M; ESTE: Casa y Solar de Reina Pérez, 17.40 M; OESTE: Calle 4, 17.40 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R01 109 17 13, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 27 de Octubre de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3591-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.