REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 19 de Enero de 2015.
Años: 204º y 155º
Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano: DENNY JOSE AGATON CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.198.918, asistido por el ciudadano: EMIR JOSE CAMPO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 172.291, donde solicita le sea devuelto los documentos Originales de la Declaración de Unicos y Universales Herederos, del cujus DAMACIO MERCED AGATON y Desiste del procedimiento y solicitud del caso. En consecuencia este Tribunal ACUERDA: HOMOLOGAR el presente Desistimiento de conformidad con el articulo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil y como consecuencia de ello dejar sin ningún efecto Jurídico la presente Solicitud. Acordándose el cierre y archivo del mismo, asi como su desincorporación del inventario del real de Solicitudes. Déjese constancia en el Libro Diario.


El Juez
Abg. Efrain Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martinez
Abg.EBA/EM/gc.
Solicitud Nro. 3544-2014