REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 28 de Enero de 2015
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JUAN DE LA CRUZ REA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.917.243, domiciliado en la Comunidad Barrio Centro, Calle 14 entre Avenidas 6 y 7, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, MOREYA REQUENA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.591.018, domiciliada en la Comunidad Barrio Centro, Avenida 7 entre calles 14 y 15, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: NORMA OLIVIA GONZALEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.475.409, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Municipal; que mide una superficie de DOSCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (212.31 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (R4= 149.72 Mts2), Ubicado en Avenida 7 entre calles 14 y 15, Comunidad El Centro, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques y ladrillos, piso de cemento pulido, techo de acerolit, puertas de hierro y ventanas de hierro e instalaciones de aguas negras y blancas; distribuida de la siguiente manera: Cinco (05) habitaciones, dos (02) salas, una (01) cocina, un (01) baño, un (01) comedor, cercada con bloques; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Rosa De Do’Santos, 11.00 M; SUR: Avenida 7 Su Frente, 9.10 M; ESTE: Casa que es o fue de la Sucesión Oropeza, 20.70 M; OESTE: Casa que es o fue de María Da’Rol, 20.85 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 101 23 14, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Noviembre de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3587-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ