REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 23 de Enero de 2015
Años: 204° y 155°
Exp. Nº 2019-2015.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA EUGENIA RAMIREZ DE FERNANDEZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos LILIAN PATRICIA MUÑOZ PINEDA y JOSE RAFAEL ESCUDERO MONTILLA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.607.083 y V-19.973.908 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: MARIA EUGENIA RAMIREZ DE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.997.770, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad Municipal, que mide: TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (378,30 M2), ubicado en la Avenida 07 entre Carrera 07 y Calle 06, Barrio Cuatro Esquinas del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy; alinderada de la siguiente manera: NORTE: Parcela de la Sra. Gabriela Ramírez, en línea de 23,80 metros; SUR: Parcela y casa del Sr. Ferney Ramírez, en línea de 27,30 metros; ESTE: Avenida 07 en línea de 15,00 metros; y OESTE: Calle 06 en línea de 15,00 metros. Las referidas bienhechurías consisten en una cerca perimetral construida con: Bases de cemento y cerca de alfajol. Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal,


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.