REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, cinco de febrero de dos mil quince
204º y 155º


Vista la diligencia de fecha 02 de Febrero de 2014, suscrita por el abogado SAUL ANDRES M., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.050 y de este domicilio quien expone “… Visto que en fecha 13 de mayo de 2014 este juzgado dejo constancia que el día 25 de abril de 2014 venció el lapso para hacer oposición en la presente Intimación es por lo que solicita al tribunal se sirva decretar sentencia sobre el presente Juicio…”, el tribunal por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que la parte intimada no consigno la suma señalada por el tribunal y muchos menos hizo oposición al decreto de intimación de fecha 17/02/2014, en razón de ello procédase en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada tal como lo señala el artículo 652 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase
El Juez


Dr. José Rafael Urbaneja Trujillo
La Secretaria,



Abg. Silvina Coa Martínez.-

JRUT/Sofía