REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, veintiseis de febrero de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: FP02-V-2014-001335
Visto el desistimiento hecho por el apoderado judicial abogado Jorge Gutierrez Inatti, parte actora de la ciudadana Luisa Mariela Amaya, por el juicio de acción mero declarativa de concubinato en contra de los ciudadanos Manuel Alberto Sandoval Mendoza, Lilibel Coromoto Sandoval Mendoza, Anabel Coromoto Sandoval Mendoza, Ysabel Coromoto Sandoval Mendoza; Manuel Alfredo Sandoval Amaya, Manuel Alberto Sandoval Amaya, y Manuel Ángel Sandoval Amaya, todos plenamente identificado en autos. El Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto el apoderado actor de está facultado para desistir, dá por consumado el acto y procede a homologar, como en efecto lo hace, como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada; se ordena devolver el documento original del poder señalado previa certificación en autos. En consecuencia, se da por terminadas las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de archivo judicial de este estado a los fines de su mejor resguardo, constante de cincuenta y siete (57) folios útiles. Procédase como se ha decidido.
El Juez,
Dr. Manuel Alfredo Cortés B.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.
MAC/aji.
Resolución Nº PJ0192015000044
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