REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa: 27 de FEBRERO de 2015
AÑOS: 204º y 156º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LUSMILA MARTINA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.283.037 y domiciliada en la calle Principal, Sector Cruz Blanca, Camunare, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y ROGELIO SAUL SILVA GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.424.175 y domiciliado en la calle Principal, Sector Cruz Blanca, Camunare, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un área de terreno propiedad Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la VÍA Camunare – El Cardón, sector Camunare, jurisdicción del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, con una superficie real de OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETRO (887,89M2), cuyos linderos y medidas particulares son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por la sucesión López, con una longitud de 17,9 Mts; SUR: Vía principal Camunare – El Cardón, que es su frente, con una longitud de 13,75 Mts; ESTE: Casa y solar de Clisanto Tovar, con una longitud de 53,1 Mts y OESTE: Casa y solar de Emma Tovar, con una longitud de 53,41 Mts. Cuyas bienhechurías constan de una (1) casa de habitación familiar, que mide CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETRO (124,89 M2), construida con paredes de bloques de cemento, con friso de cemento pulido, techo de acerolit soportado por vigas metálicas, piso de cemento pulido, posee una (1) ventanas de vidrio, dos (2) puertas de hierro con sus protectores del mismo material; distribuido de la siguiente manera: Una (1) sala comedor, un (1) área de cocina, dos (2) cuartos, una (1) sala de baño, posee instalaciones de agua potable y luz eléctrica superficiales básicas. Las referidas bienhechurías tienen un costo aproximado de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), a favor de la ciudadana LISBETH JOSEFINA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.262.368 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:20 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

GARM/vap/ol.
N° 109/15